Suena bien
Tercera PArte
Por EDUARDO MARTÍNEZ BENAVENTE
Enero 13, 2013
El pasado miércoles se promulgó la Ley General de Victimas, luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobreseyó la controversia constitucional que había presentado Felipe Calderón, quien pretendía detenerla y devolverla al Congreso con sus observaciones para que se corrigieran algunos vicios que desde su punto de vista violaban la Constitución. El veto presidencial obligaría a los legisladores a aclarar, entre otros, el preocupante tema del dinero de las indemnizaciones pues planteaba que fuera el delincuente el primer responsable de la reparación del daño a la victima; y sólo cuando éste no pudiera hacerlo o la urgencia del caso lo ameritara, sería el Estado el encargado de realizar el pago.
De esta manera el gobierno de Peña Nieto cumple con el compromiso número 27 del Pacto por México que lo obligaba a desistirse de la acción que había intentado su antecesor. La Ley entrará en vigor el 9 de febrero y su reglamento deberá ser expedido a más tardar el 9 de agosto. Mientras tanto se deberá armar un nuevo organismo gubernamental para la atención de victimas y reparación del daño y una comisión ejecutiva encargada de su aplicación. Más burocracia y un desdén a las comisiones de derechos humanos a las que les corresponderían hacer esta tarea.
Se trata de una Ley de observancia general en todo el territorio nacional -lo que es muy cuestionable porque San Luis ya tiene la suya y la Constitución no faculta al Congreso federal a legislar en esta materia- que compensa, de alguna forma, la incapacidad del Estado en procurar justicia y brindar seguridad pública a los ciudadanos, pues pocas omisiones resultan tan agraviantes como el hecho de dejar a las victimas del delito al garete y desatenderse de sus problemas, aunque habrá que esperar si este instrumento no termina en un desencanto más porque no se cuente con los recursos necesarios que permitan solventar sus obligaciones; independientemente de que las entidades federativas difícilmente podrán cumplir con la parte de los compromisos que les corresponden.
Una de las notas más relevantes de esta Ley es la prohibición expresa de criminalizar a las victimas, pues las autoridades no deberán agravar el sufrimiento de estas, ni podrán tratarlas en ningún caso como sospechosas o responsables de la comisión de los hechos que se denuncien. Ninguna autoridad o particular podrá especular públicamente sobre la pertenencia de las víctimas al crimen organizado o su vinculación con alguna actividad delictiva y tienen el derecho de ser tratadas con humanidad y respeto de su dignidad y sus derechos humanos por parte de los servidores públicos, de tal manera que ya no podrán ser exhibidos en las pasarelas de la PGR e instalaciones militares como trofeos ante los medios de comunicación (artículo 5).
Nadie ha calculado el monto de las reparaciones que se le pueden venir encima al Estado, pues no importa quiénes sean los victimas del delito ni cuando haya ocurrido la agresión. Sus beneficios alcanzan a los familiares de los presuntos delincuentes abatidos entre ellos o por las autoridades encargadas de aplicar la fuerza pública. Las victimas de las ejecuciones y desapariciones en nuestro país se cuentan por cientos de miles. De alguna manera se revalora la vida de las personas, y no porque ésta tenga un precio, sino porque hay quienes por cinco mil pesos o menos privan de su existencia a un prójimo. Los deudos de las victimas podrán cobrar hasta un millón de pesos por la pérdida de la vida de sus seres queridos. El monto de la reparación por otros daños, como secuestro, lesiones y tortura dependerá de la gravedad y magnitud del hecho punible y de la violación de sus derechos. Con estos alicientes serán pocos los cuerpos que se arrojen a las fosas comunes o queden en las morgues sin ser reclamados. Ante la debacle del sistema de impartición de justicia y la impunidad que impera para castigar a la delincuencia, queda a las victimas -por lo menos- el consuelo que puede dar un fajo de billetes.
Todas las victimas o familiares de éstas podrán contar con un abogado que los patrocine y correrán por cuenta del Estado los gastos de traslado, hospedaje y alimentación que realicen para llevar su caso ante los tribunales hasta la reparación integral del daño, si no se llega antes a un acuerdo con la Comisión Ejecutiva. También tendrán derecho a servicios médicos, becas para los hijos y oportunidades de trabajo. Suena engañosamente bien todo esto para que sea verdad y temo que muy pocos beneficios podrán concretarse y menos con las limitaciones presupuestales que agobian a los erarios. Esta Ley autoriza que una parte de los bienes que se decomisan a la delincuencia se destinen a estos fines.
En San Luis Potosí, como en las otras entidades de la República, se deberá formar una comisión ejecutiva paralela a la nacional que decidirán las medidas de apoyo que se otorgarán a las victimas. Queda en el papel el compromiso del gobierno federal, estatal y municipal de asumir los costos por los daños físicos, mentales, materiales, pérdida de oportunidades, perjuicios morales y gastos de asistencia de las victimas, salvo lo que se refiere a los bienes que sean propiedad de la persona responsable de los daños. La Ley prevé que si el Estado no puede hacer efectiva total o parcialmente la orden de reparación integral, establecida por mandato judicial o por acuerdo de la Comisión Ejecutiva, entonces, deberá justificar la razón y tomar las medidas suficientes para cobrar su valor, o gestionar lo pertinente a fin de lograr que se concrete la reparación integral de la víctima.
Esta Ley establece el derecho imprescriptible a conocer la verdad histórica de los hechos y servirá de memorial para recordar a las victimas que Calderón dejó regadas por todos los rincones del país. Es también un reconocimiento a los años de violencia que padecimos y que seguramente seguiremos sufriendo, y una pretensión para reparar en alguna medida el menoscabo de los derechos de las personas que hayan sido victimas directas o indirectas de estos excesos.
Por EDUARDO MARTÍNEZ BENAVENTE
Enero 13, 2013
El pasado miércoles se promulgó la Ley General de Victimas, luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobreseyó la controversia constitucional que había presentado Felipe Calderón, quien pretendía detenerla y devolverla al Congreso con sus observaciones para que se corrigieran algunos vicios que desde su punto de vista violaban la Constitución. El veto presidencial obligaría a los legisladores a aclarar, entre otros, el preocupante tema del dinero de las indemnizaciones pues planteaba que fuera el delincuente el primer responsable de la reparación del daño a la victima; y sólo cuando éste no pudiera hacerlo o la urgencia del caso lo ameritara, sería el Estado el encargado de realizar el pago.
De esta manera el gobierno de Peña Nieto cumple con el compromiso número 27 del Pacto por México que lo obligaba a desistirse de la acción que había intentado su antecesor. La Ley entrará en vigor el 9 de febrero y su reglamento deberá ser expedido a más tardar el 9 de agosto. Mientras tanto se deberá armar un nuevo organismo gubernamental para la atención de victimas y reparación del daño y una comisión ejecutiva encargada de su aplicación. Más burocracia y un desdén a las comisiones de derechos humanos a las que les corresponderían hacer esta tarea.
Se trata de una Ley de observancia general en todo el territorio nacional -lo que es muy cuestionable porque San Luis ya tiene la suya y la Constitución no faculta al Congreso federal a legislar en esta materia- que compensa, de alguna forma, la incapacidad del Estado en procurar justicia y brindar seguridad pública a los ciudadanos, pues pocas omisiones resultan tan agraviantes como el hecho de dejar a las victimas del delito al garete y desatenderse de sus problemas, aunque habrá que esperar si este instrumento no termina en un desencanto más porque no se cuente con los recursos necesarios que permitan solventar sus obligaciones; independientemente de que las entidades federativas difícilmente podrán cumplir con la parte de los compromisos que les corresponden.
Una de las notas más relevantes de esta Ley es la prohibición expresa de criminalizar a las victimas, pues las autoridades no deberán agravar el sufrimiento de estas, ni podrán tratarlas en ningún caso como sospechosas o responsables de la comisión de los hechos que se denuncien. Ninguna autoridad o particular podrá especular públicamente sobre la pertenencia de las víctimas al crimen organizado o su vinculación con alguna actividad delictiva y tienen el derecho de ser tratadas con humanidad y respeto de su dignidad y sus derechos humanos por parte de los servidores públicos, de tal manera que ya no podrán ser exhibidos en las pasarelas de la PGR e instalaciones militares como trofeos ante los medios de comunicación (artículo 5).
Nadie ha calculado el monto de las reparaciones que se le pueden venir encima al Estado, pues no importa quiénes sean los victimas del delito ni cuando haya ocurrido la agresión. Sus beneficios alcanzan a los familiares de los presuntos delincuentes abatidos entre ellos o por las autoridades encargadas de aplicar la fuerza pública. Las victimas de las ejecuciones y desapariciones en nuestro país se cuentan por cientos de miles. De alguna manera se revalora la vida de las personas, y no porque ésta tenga un precio, sino porque hay quienes por cinco mil pesos o menos privan de su existencia a un prójimo. Los deudos de las victimas podrán cobrar hasta un millón de pesos por la pérdida de la vida de sus seres queridos. El monto de la reparación por otros daños, como secuestro, lesiones y tortura dependerá de la gravedad y magnitud del hecho punible y de la violación de sus derechos. Con estos alicientes serán pocos los cuerpos que se arrojen a las fosas comunes o queden en las morgues sin ser reclamados. Ante la debacle del sistema de impartición de justicia y la impunidad que impera para castigar a la delincuencia, queda a las victimas -por lo menos- el consuelo que puede dar un fajo de billetes.
Todas las victimas o familiares de éstas podrán contar con un abogado que los patrocine y correrán por cuenta del Estado los gastos de traslado, hospedaje y alimentación que realicen para llevar su caso ante los tribunales hasta la reparación integral del daño, si no se llega antes a un acuerdo con la Comisión Ejecutiva. También tendrán derecho a servicios médicos, becas para los hijos y oportunidades de trabajo. Suena engañosamente bien todo esto para que sea verdad y temo que muy pocos beneficios podrán concretarse y menos con las limitaciones presupuestales que agobian a los erarios. Esta Ley autoriza que una parte de los bienes que se decomisan a la delincuencia se destinen a estos fines.
En San Luis Potosí, como en las otras entidades de la República, se deberá formar una comisión ejecutiva paralela a la nacional que decidirán las medidas de apoyo que se otorgarán a las victimas. Queda en el papel el compromiso del gobierno federal, estatal y municipal de asumir los costos por los daños físicos, mentales, materiales, pérdida de oportunidades, perjuicios morales y gastos de asistencia de las victimas, salvo lo que se refiere a los bienes que sean propiedad de la persona responsable de los daños. La Ley prevé que si el Estado no puede hacer efectiva total o parcialmente la orden de reparación integral, establecida por mandato judicial o por acuerdo de la Comisión Ejecutiva, entonces, deberá justificar la razón y tomar las medidas suficientes para cobrar su valor, o gestionar lo pertinente a fin de lograr que se concrete la reparación integral de la víctima.
Esta Ley establece el derecho imprescriptible a conocer la verdad histórica de los hechos y servirá de memorial para recordar a las victimas que Calderón dejó regadas por todos los rincones del país. Es también un reconocimiento a los años de violencia que padecimos y que seguramente seguiremos sufriendo, y una pretensión para reparar en alguna medida el menoscabo de los derechos de las personas que hayan sido victimas directas o indirectas de estos excesos.